Comunicación de cese de actividad de un establecimiento de alojamiento turístico extrahotelero.
Consejería:
Consejería de Industria, Turismo, Innovación, Transporte y Comercio
Dirección General:
Dirección General Turismo
Descripción:
Comunicar a la Consejería competente en materia de turismo el cese de actividad de un establecimiento de alojamiento turístico extrahotelero.
Tipo de Inicio:
Interesado
Tipo procedimiento:
Declaraciones y comunicaciones de los interesados
Tipo de destinatario:
Ciudadanos y Empresas
Documentación:
No cumplimentado
Tasa/Precio público:
No
Plazo presentación:
La declaración responsable deberá presentarse en el plazo máximo de un mes.
Fecha:
10 de febrero del 2021
Lugar presentación :
Registro Delegado de la Dirección General de Turismo (C/ Albert Einstein, nº4, planta 1, 39011, Santander), o en cualquier otro de los lugares previsto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 105.4 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre.
Plazo de resolución:
No tiene
Efectos del Silencio Administrativo o Inactividad de la Administración:
No Tiene
Via administrativa:
No agota la vía administrativa.
Normativa:
Ley de Cantabria 5/1999, de 24 de marzo, de Ordenación del Turismo de Cantabria (BOC extraordinario nº 3, de 26 de marzo de 1999).Decreto 82/2010, de 25 de noviembre, por el que se regulan los establecimientos de alojamiento turístico extrahotelero en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Cantabria (Boletín Oficial de Cantabria nº 235, de 9 de diciembre de 2010).
Información al ciudadano:
Teléfono de información administrativa: llame al 012 https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania .
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